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La ley contra la pesca ilegal

Esta ley no aplica para la pesca de subsistencia y tiene como objetivo resguardar la actividad económica de las comunidades costeras vinculadas a la pesca artesanal.

11 de agosto de 2017

Por: Ligia Rodríguez y Laura Rivera - Fundación MarViva

La pesca ilegal es toda actividad de pesca que se realiza sin permiso de la autoridad o incumpliendo las normas vigentes. Cuando la actividad de pesca se realiza sin control alguno, limita la capacidad de las autoridades de verificar que la extracción del producto pesquero sea responsable y que no agoten las poblaciones de peces y se afecten los ecosistemas marinos y costeros.

El marco normativo colombiano en torno a la regulación de la actividad de pesca mantiene vacíos importantes que limitan su capacidad de proteger los ecosistemas marino costeros y apoyar a las comunidades que dependen de los recursos marinos. Si bien es cierto, que a través de la Ley 13 de 1990 se regula la explotación de los recursos pesqueros para un aprovechamiento sostenible, la norma carece de una definición de aquellas actividades que se consideran pesca ilegal y se ciñe únicamente a listar las conductas y aparejos pesqueros prohibidos.

El Código Penal Colombiano actualizado en el año 2000, es un reflejo de la evolución normativa y de la conciencia ambiental que ha tenido el país en este tema. Aquí se tipifica la pesca ilegal como un delito en contra de los recursos naturales y el medioambiente, con pena principal privativa de libertad entre uno y tres años y una multa de 10 a 50.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Sin embargo, tuvieron que pasar 14 años antes de la creación, por parte de la Fiscalía General de la Nación, de la Unidad Nacional de Fiscalías de Delitos contra los Recursos Naturales y el Medio Ambiente, una unidad con herramientas administrativas suficientes para investigar este tipo de casos que generó las primeras condenas.

El recién aprobado proyecto de Ley 117 del 2015 viene a llenar varios vacíos existentes en la normativa, aporta mayor claridad en cuanto a las competencias sancionatorias de las entidades que concurren en los procesos administrativos por pesca ilegal y promueve mayor celeridad en estos procesos. Dentro de los aspectos más relevantes está la reforma del artículo 298 de la Ley 906 del 2004, esta reforma establece que el plazo para poner la embarcación y personas capturadas a la orden de la instancia competente empieza a correr a partir de su llegada a un puerto colombiano y no a partir de su captura. Anteriormente este plazo no tomaba en consideración los tiempos de traslado requeridos desde el lugar donde se cometían los hechos hasta los puertos donde residen las autoridades.

Además, el proyecto de Ley 117 busca disuadir la pesca ilegal perpetrada por extranjeros en aguas jurisdiccionales colombianas, con el establecimiento de penas superiores a las aplicables a los nacionales.

Vale la pena destacar que la ley no aplica para la pesca de subsistencia y tiene como objetivo resguardar la actividad económica de las comunidades costeras vinculadas a la pesca artesanal, protegiéndolas de la competencia desleal que conlleva la actividad de pesca ilegal.

Apreciamos el rol de las autoridades pesqueras en establecer medidas que apunten a la sostenibilidad de la actividad pesquera, garanticen la seguridad alimentaria del país y protejan el sustento de las familias vinculadas a la pesca artesanal responsable, quienes se constituyen en los principales afectados del flagelo que es la pesca ilegal.