NACIÓN

Académicos piden a la Anla frenar base naval en Gorgona

La Academia Colombiana de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales remitió una misiva a la directora de la entidad en la que apela al principio de precaución y pide revisar el extraño proceso de licenciamiento ambiental.

10 de mayo de 2017

El 31 diciembre del 2015 la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (Anla) otorgó una licencia ambiental para la construcción de una base naval en el Parque Nacional Natural Gorgona. En aquel entonces en la dirección de la entidad se encontraba el polémico Fernando Iregui, por lo que en su momento no se dudó que el otorgamiento de la licencia se hiciera en esas fechas en las que el ojo vigilante de la ciudadanía y de los medios se relaja un poco.

Según la Armada Nacional, se construirán instalaciones para 28 personas, un muelle de 163 metros y en el cerro Trinidad, el punto más alto del islote, una torre de 55 metros de altura que albergará un radar de alta potencia. La polémica tardó en estallar y solo a finales del 2016 se conocieron más detalles por lo que científicos, ambientalistas y otros sectores no dudaron en sentar su voz de protesta, ante lo que parece ser una intervención poco planificada Al santuario natural, recuperado desde que fuera usado como cárcel. (Vea: La polémica por la estación de guardacostas en Isla Gorgona)

A pesar de la presión ejercida el proyecto parece seguir su marcha, razón por la cual la Academia Colombiana de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales (CPAP) decidió remitir una carta a la nueva directora de la Anla, Claudia Victoria González, para que intervenga en el proceso que ha sido todo menos transparente.

En la misiva, académicos reconocidos como Ernesto Guhl Nannetti, Gonzalo Andrade, entre otros, piden a la directora de la Anla parar el proyecto con base en el principio de precaución, “expresamos dudas e inquietudes acerca de los impactos que ésta obra puede generar sobre los ecosistemas terrestres y marinos del PNN Gorgona, en la cual le solicitamos, con base en el principio de precaución, que no se inicien las obras hasta no tener total claridad sobre la magnitud de sus impactos, usando criterios y análisis científicos reconocidos”.

Asimismo los estudiosos señalan que el proceso de licenciamiento estuvo rodeado de inconsistencias, “una de las críticas más severas hechas tanto por la CPAP, así como por el Comité Científico del PNN Gorgona, ha sido el otorgamiento de la licencia ambiental al proyecto sin que se hubieran presentado previamente los estudios necesarios y suficientes para analizar y evaluar debidamente sus impactos ambientales”.

Finalmente la carta hace un listado de inconsistencias que ha presentado la Armada respecto a la biodiversidad de la zona ya que el parque Gorgona fue incluido en la lista verde de las áreas protegidas de la Unión Internacional para la Conservación de Naturaleza (UICN)un registro que fue renovado en el año 2016. 

La misiva también fue remitida a la directora de Parque Nacionales, Julia Miranda, quien ha expresado que la construcción de la base es necesaria debido a los “graves problemas de orden público y narcotráfico” de la zona.

A continuación reproducimos la carta en su totalidad o vea el radicado original en este enlace:

Bogotá DC. 4 de mayo de 2017

Doctora

CLAUDIA VICTORIA GONZALEZ HERNANDEZ

Directora (E.)

Agencia de Licencias ambientales

ANLA

Apreciada Doctora González

Referencia: Resolución 1730 de 2015 Licencia Ambiental para el proyecto “Construcción, Operación, Abandono y Restauración de la Estación de Guardacostas en La Isla Gorgona y Obras Complementaria”

En relación con el proyecto de la referencia, los integrantes de la Comisión Permanente de Áreas Protegidas de la Academia Colombiana de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales (CPAP, en adelante), nos permitimos hacer las siguientes consideraciones.

Partimos de la base de que consideramos conveniente y necesario que la fuerza pública, en éste caso la Armada Nacional, ejerza sus tareas en las Áreas Protegidas. De acuerdo con el mandato de la Constitución, la Armada Nacional tiene como función contribuir a la defensa de la Nación mediante la aplicación del Poder Naval, para lo cual debe estar presente en cualquier parte de su jurisdicción en la cual sea necesario para garantizar la integridad territorial, la seguridad y el orden público.

En las deliberaciones al interior de la CPAP, y la posición de la misma en las reuniones con los interesados en esta iniciativa (Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, ANLA, Parques Nacionales Naturales, Armada Nacional, Comité Científico PNN Gorgona), hemos hecho un llamado sobre la forma más apropiada de ejercer ésta presencia, con el fin de minimizar sus impactos sobre zonas especiales y frágiles, como son los PNN y, en particular, en un área tan emblemática, vulnerable y bien conservada como lo es el PNN Gorgona.

En la más reciente reunión de la CPAP con la Unidad de Parques, se reiteró la conveniencia y la legitimidad de la comunicación dirigida por los miembros de la Comisión al Señor Presidente de la República, en la cual expresamos  dudas e inquietudes acerca de los impactos que ésta obra puede generar sobre los ecosistemas terrestres y marinos del PNN Gorgona, en la cual  le solicitamos, con base en el principio de precaución, que no se inicien las obras hasta no tener total claridad sobre la magnitud de sus impactos, usando criterios y análisis científicos reconocidos.

Una de las críticas más severas hechas tanto por la CPAP, así como por el Comité Científico del PNN Gorgona, ha sido el otorgamiento de la licencia ambiental al proyecto sin que se hubieran presentado previamente los estudios necesarios y suficientes para analizar y evaluar debidamente sus impactos ambientales. En este sentido es importante aclarar que la licencia, expedida el 31 de diciembre de 2015, establece un extenso listado de información y estudios faltantes que deben entregarse a la ANLA y a la Unidad de Parques, para su evaluación antes de poder dar inicio a las obras. El otorgamiento de una licencia ambiental sin disponer de todos los estudios y aclaraciones necesarios y suficientes para expedirla, es decir con el carácter de una “licencia condicionada”, como la que nos ocupa, es un procedimiento sui generis, que establece un precedente peligroso y poco deseable para llevar cabo  procesos serios de licenciamiento ambiental, basados en estudios de impacto ambiental rigurosos y suficientes desde los puntos de vista científico y técnico en el territorio nacional y con mayor razón en los Parques Naturales Nacionales dados sus especiales atributos.

Durante el año 2016 y en lo corrido del 2017, la Armada Nacional ha venido haciendo entregas parciales a la ANLA y a la Unidad de Parques, de informaciones sobre varios de los temas pendientes mencionados en la licencia, las cuales recientemente han sido puestas a consideración de la CPAP y del Comité Científico del Parque. Los miembros de éste último han evaluado la información recibida y prácticamente todos ellos, más de doce especialistas en diversos temas, destacan su insuficiencia, con énfasis en la no consideración de especies endémicas importantes en la isla y la falta de representatividad y de procedimientos y métodos reconocidos y aceptados para realizar la recopilación de información y los análisis correspondientes. Incluso algunos han planteado la necesidad de relocalizar ciertas obras, con lo que se modifica sustancialmente el proyecto, lo que implica un nuevo proceso de licenciamiento.          

Tal como lo establece la Sentencia C-746/12 de la Corte Constitucional, consideramos que la licencia ambiental de proyectos que afectan el sistema de Parques Nacionales es un instrumento previo y cautelar para evitar causar daños inadmisibles en dichas áreas,  por lo cual queda claro que las licencias sólo deben versar sobre las actividades permitidas en ellas, que bien vale la pena recordar son: conservación, recuperación, control, investigación, educación, recreación y cultura; las cuales “deben estar sujetas a sus precisas finalidades como perpetuar en estado natural muestras de la diversidad biológica, y sólo podrán realizarse siempre y cuando con ellas no se causen daños o alteraciones significativas al ambiente”.

De todas formas, es importante tener claro que en muchos casos dentro de los Parques Nacionales pueden existir zonas tan delicadas, frágiles e importantes para la población, que deben quedar por fuera de cualquier posibilidad de uso diferente a los de conservación e investigación. Los planes de manejo, que son los instrumentos para la gestión sostenible de los Parques, deben zonificar su territorio y delimitar estas zonas en las que no debe realizarse ninguna intervención humana permanente ni con impactos ambientales fuertes.

Con relación a los informes elaborados por la Armada Nacional titulados “Caracterización florística en el área de influencia del proyecto construcción estación de guardacostas en el PNN Isla Gorgona” e “Inventario de la biodiversidad terrestre en el área de influencia del proyecto estación de guardacostas, PNN Gorgona”, los integrantes de la CPAP observamos con preocupación que diversos aspectos han sido ignorados o tratados de manera muy precaria, los cuales discutimos a continuación.

  1. En relación con el Inventario Terrestre:

1.1 Son muy pocos e incompletos los análisis que se hacen en relación con las comunidades de organismos que conforman la endofauna de esos ecosistemas. De acuerdo con los planes de construcción del muelle esos serían los organismos que se verían afectados en forma directa. El área pre-muestreada no es representativa, y se excluyen del estudio grupos importantes de la fauna marina como lo son poliquetos, moluscos y crustáceos y ecosistemas como el litoral rocoso y los fondos blandos.

1.2 No consideraron el grupo de los mamíferos terrestres. En los estudios existentes para la Isla se reportan 19 especies, destacándose una subespecie de roedor endémico (guatín o rata espinosa) y el mono capuchino, así como la presencia en el PNN Gorgona del murciélago Saccopteryx leptura, ya que contrariamente a lo que se espera, es común ver individuos de esta especie volando en horas del día hacía al interior del bosque, como es común observarlo en el sendero que conduce al Cerro Trinidad.

1.3 En lo relacionado con las aves, dichos estudios no hacen referencia a los posibles efectos del funcionamiento del radar sobre sus poblaciones y movimientos. Tampoco se consideran los posibles impactos de las obras sobre las tres subespecies endémicas de la isla.

1.4 En cuanto a los temas de Insectos y Macroinvertebrados, los mismos estudios que no son representativos, y nada dicen sobre los camarones Macrobrachium, otro grupo carismático de la isla. Tan solo se menciona la existencia de una de los dos taxa endémicos de mariposas (Mesosemia zonalis gorgoniensis Constantino, Rodríguez & Salazar, 2013) pero no se dice nada sobre Parides iphidamas gorgonae Vélez & Salazar, 1991, no se recomiendan estrategias de manejo y conservación de estas dos subespecies endémicas de la Isla.

1.5. Con relación al tema de anfibios y reptiles, hay consideraciones importantes de orden metodológico y conceptual que no se están teniendo en cuenta, hace falta incluir las especies endémicas o potencialmente endémicas (dada su diversidad críptica) de anfibios de la isla: Colostethus aff. fraterdanieli, Epipedobates boulengeri, Pristimantis sp., Silverstoneia cf. flotator. Falta hablar del estatus de conservación de los anfibios y reptiles de la isla. No se menciona nada sobre la especie amenazada en la categoría de la UICN CR (críticamente amenazado) de Atelopus elegans, que justamente es más abundante donde se va a instalar el radar (sendero y Cerro La Trinidad), que migra y que utiliza los senderos, quebrada y bosques aledaños para reproducirse.

1.6. En dichos estudios no se menciona nada sobre la fauna asociada con el ecosistema rocoso (cantos y bloques) presente en la zona media y alta del intermareal.

 

  1. En relación con el tema de la Caracterización Florística:

2.1 Los estudios presentados son preocupantemente incompletos y con serios faltantes. Dado que no presentan recomendaciones, no consideran lo que sucedería con la adecuación del sendero para el tráfico diario de combustible hacia el Cerro La Trinidad para el funcionamiento del radar, pero sí concluyen que este sendero no causa perturbación al ecosistema. Además, no se estudió la vegetación epifita del sendero, ni las plantas con un diámetro del tronco superior a los 2 cm, de las cuales existen más de 230 especies en la Isla.

El PNN Gorgona fue incluido en la lista verde de las áreas protegidas de la Unión Internacional para la Conservación de Naturaleza UICN, en el año 2014 por primera vez, y la UICN le renovó su registro para el año 2016.  La Lista Verde “funciona como un potente estímulo, inspirando a las áreas protegidas para cumplir los estándares y convertirse en ejemplos brillantes de las mejores prácticas mundiales". Anima a compartirlo para que otras zonas protegidas a nivel mundial puedan alcanzar igualmente niveles de gestión muy satisfactorios. Dicha inclusión recompensa la innovación, la excelencia y el esfuerzo, así como el progreso hacia una acción efectiva y justa en las Áreas Protegidas, bajo el lema “un mundo justo que valora y conserva la naturaleza”, y que está diseñada para ayudar a los gobiernos y a las entidades asociadas de conservación, a cumplir con los compromisos recogidos en el Plan Estratégico de la Diversidad Biológica 2011 – 2020 del Convenio sobre la Diversidad Biológica (CBD) y, en particular, en la denominada Meta 11 de Aichi, por la que se establece que de aquí al año 2020 al menos el 17% de las áreas terrestres del mundo y el 10% de las áreas marinas estén gestionadas y conservadas de forma efectiva y equitativa. Nuestra preocupación es que al aprobarse mediante la licencia el proyecto esto puede perjudicar los valores objeto de conservación del Parque y por lo mismo la inclusión del PNN Isla Gorgona en la lista verde de la UICN.

 

  1. Consideraciones adicionales

3.1. No se menciona la población de la ballena jorobada (Megaptera novaeangliae) que arriba estacionalmente entre los meses de junio y noviembre al área marina protegida. Cabe resaltar la relevancia que esta área representa para las ballenas jorobadas, pues constituye una de las cinco más importantes, para la reproducción de esta especie en el Pacífico sudeste. El 97% de las ballenas jorobadas se distribuyen en el costado oriental de la isla, a una distancia entre 200 y 300 m (49,5% del total de grupos). A distancias menores de 300 metros los grupos con cría son los más representativos, y en el área en donde se planea construir y operar el muelle, los grupos (hembra y cría) son abundantes y permanecen durante largos períodos en actividades de descanso y crianza.

3.2.  En dichos estudios no se menciona la población residente de la especie de delfín moteado pantropical (Stenella attenuata). Las aguas del Parque son utilizadas como zona de paso dentro de un área mayor de distribución y como lugar de alimentación oportuna, principalmente a menos 200 m de la Isla.

3.3. Los estudios presentados no consideran nada sobre las comunidades de pescadores artesanales que desarrollan sus actividades en aguas del Parque.

Con base en las razones expuestas, la Comisión considera que es necesario y conveniente revocar la licencia en referencia.

A la espera de sus noticias sobre ésta trascendental decisión para el futuro sostenible de las áreas protegidas en Colombia,

Quedamos atentamente,

  1. Gonzalo Andrade C. Ernesto Guhl Nannetti                                  

Miembro de Número                                                    Miembro Correspondiente                                                       

 

José A. Lozano                                                               John Lynch          

Miembro Honorario                                                      Miembro de Número

 

German Poveda                                                             Frank G. Stiles

Miembro de Número                                                    Miembro Correspondiente

 

  1. Dra. Julia Miranda, Directora General PNN.