El río Quindío enfrente problemas de contaminación por vertimentos sucios en sus aguas. Foto tomada de Caracol Radio

MEDIOAMBIENTE

El río Quindío, nuevo sujeto de derechos

El Tribunal Administrativo del Quindío decidió declarar este cuerpo de agua como sujeto derechos a la protección, conservación, mantenimiento y restauración, desde su nacimiento hasta su desembocadura, debido a su estado de contaminación por vertimientos sucios.

9 de diciembre de 2019

Acatando una acción popular interpuesta por la Procuraduría General de la Nación, la Defensoría del Pueblo y la Personería de Armenia, el Tribunal Administrativo de Quindío decidió declarar a este afluente hídrico como sujeto de derechos a la protección, conservación, mantenimiento y restauración, desde su nacimiento hasta su desembocadura

La decisión se basó en los argumentos presentados por las dos entidades en los cuales se sustenta el estado de contaminación por vertimientos que presenta este cuerpo de agua. 

La acción popular fue interpuesta por el procurador 31 Judicial I Ambiental y Agrario de Armenia, Carlos Alberto Arrieta Martínez; la defensora del Pueblo en el Quindío, Luisa Fernanda León; y la personera de Armenia, Juliana Victoria Ríos, contra el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, la Corporación Autónoma Regional de Quindío (CRQ), los municipios de Armenia y Salento y la Asociación de Suscriptores del Acueducto Rural El Rosario, de la vereda Boquía, con el fin de que sean protegidos, entre otros, los derechos al medio ambiente sano en conexidad con la vida, la salud, la salubridad pública de los ciudadanos. 

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La consideración apunta a que se presenta una posible contaminación por vertimientos de las aguas que está aguas arriba de la bocatoma que surte a la capital quindiana y a varios municipios de la región. Por esta razón el Tribunal determinó que las mencionadas entidades deben brindar una atención especial al afluente hídrico.

En el documento, las entidades demandantes consideran que con la infraestructura actual no se logra satisfacer todas las necesidades que garanticen la protección del río como fuente abastecedora de agua potable de Armenia, por lo que existe la posibilidad de que se presente una emergencia sanitaria como se ha evidenciado con las constantes suspensiones por parte de Empresas Públicas de Armenia. 

En la decisión, el Tribunal Administrativo ordenó al gobernador del Quindío ejercer la tutoría y representación de los derechos del río a través de la Secretaría de Aguas e Infraestructura, y garantizar la protección, recuperación y debida conservación del afluente hídrico, y velar por la debida operación y funcionamiento de las Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales (PTAR), que se encuentran ubicadas en el curso del río, para de esta forma evitar su contaminación. 

Así mismo, concedió el amparo de los derechos colectivos de la población de Armenia y dispuso la recuperación del área forestal protectora que se encuentra intervenida. 

Nueva planta de tratamiento

En su fallo, el Tribunal también pidió al municipio de Salento y al departamento de Quindío, adelantar las gestiones administrativas, técnicas, presupuestales, operativas y contractuales para implementar, construir y poner en funcionamiento la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales (Ptar), en la vereda Boquía.

De igual forma, le ordenó al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio prestar asistencia técnica para la viabilización del proyecto, y a la Asociación de Usuarios del Acueducto Rural El Rosario de la vereda Boquía, a EPA, EPQ, y a la corporación autónoma, que de manera conjunta programen los mantenimientos periódicos al pozo séptico de la vereda, evitando el vertimiento al río Quindío. 

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El fallo indicó la necesidad de conformar un Comité Técnico de Verificación, del cual hará parte el Tribunal Administrativo del Quindío, dirigido por el Ministerio Público (Procuraduría, Defensoría y Personería), que deberá rendir informe mensual sobre el avance de lo ordenado hasta la finalización de la Ptar de la vereda Boquía de Salento.

Con esta decisión ya son ocho los afluentes hídricos que son declarados sujeto de derecho. Se trata del Magdalena, Atrato, Otún, Cauca, Combeima, Cocora y Coello. En todos  los casos se busca su preservación con el fin de garantizar su derecho a un ambiente sano, en pro de las futuras generaciones y de las comunidades que habitan en sus alrededores.

El Amazonas y el Páramo de Pisba, entre otros, también hacen parte de la lista de ecosistemas en los que una entidad judicial ha intervenido para hacer valer sus derechos.