NACIÓN

La revolución antiminera de Ibagué

El 29 de febrero el Concejo de la ciudad votará a favor o en contra de una consulta popular que busca prohibir la minería en su territorio. De aprobarse sería la primera en una capital departamental.

27 de febrero de 2016

"A mí me eligieron para defender este territorio, nuestro territorio y es lo que voy a hacer" afirma Guillermo Alfonso Jaramillo, alcalde de Ibagué, al hablar sobre la consulta popular que, de hacerse, preguntaría a los habitantes de Ibagué la siguiente pregunta: “¿está usted de acuerdo sí o no en que en el municipio de Ibagué se ejecuten proyectos y actividades mineras que impliquen contaminación del suelo, pérdida o contaminación de las aguas, o afectación de la vocación agropecuaria del municipio?”.

Antes, sin embargo, Jaramillo debe lograr que la consulta sea aprobada por más de la mitad de los 19 concejales que conforman el Concejo de la ciudad. El proceso es importante si se tiene en cuenta que, según cifras del Ministerio de Minas y Energía, en Ibagué hay 98 títulos mineros de los cuales 77 están en fase de explotación y 11 en fase de exploración. Además, de esos 98, 61 son usados para extraer materiales de construcción, 33 metales preciosos y en cuatro se hacen otros tipos de minería.

En el Tolima hay autorizados 596 títulos. De estos 334 están en etapa de explotación, 115 de exploración y 147 en proceso de montaje. Hay 590 solicitudes de contratos de concesión, 127 solicitudes de legalización y nueve títulos pendientes de ser aprobados en áreas de reserva especial en Ibagué Ataco, Anzoátegui, Mariquita, San Sebastián y Chaparral.

Esto muestra que de la totalidad de títulos mineros en el departamento Ibagué tiene el 16,4%. Por eso, suponer que lo que se disputará el lunes 29 de febrero, fecha en la que el Concejo votará a favor o en contra de la consulta popular, se reduce a la permanencia de la empresa AngloGold Ashanti en la región es minimizar una discusión en la que lo que se debate es hasta dónde llega la participación de los municipios en las decisiones sobre el uso de su territorio.

La capital contra la capital

Camilo Delgado, presidente del Concejo de Ibagué, explicó Semana Sostenible que aunque al comienzo muchos de los concejales apoyaban la consulta desde el 8 de febrero de 2016 el miedo ha creado dudas. Ese día el alcalde recibió un oficio de la viceprocuradora general de la Nación, Martha Isabel Castañeda, en el que le informaba que la Procuraduría iba a iniciar un acompañamiento preventivo a la consulta. Además, en el documento Castañeda explica detalladamente por qué los municipios pueden hacer concertaciones sobre proyectos mineros, más no consultas populares.

El pasado jueves 25 de febrero el mismo Delgado recibió un nuevo oficio en el que Piedad Angarita, coordinadora de la Procuraduría, reitera lo dicho por la viceprocuradora en el oficio anterior y hace énfasis en que a mediados de septiembre de 2014 ella misma le había enviado un oficio al entonces presidente del Concejo de Ibagué, Flavio William Rosas, que explicaba por qué los alcaldes o concejos locales no podían convocar o aprobar una consulta popular que tuviera que ver con la presencia de actividades extractivas en sus regiones.

Estos oficios, afirma Delgado, tienen a los concejales "tensos y han hecho que muchos, aunque apoyen los temas ambientales, no quieran votar en contra de la minería por miedo a quedar inhabilitados". Para él estas notificaciones son "amenazas más que advertencias" y muestran las presiones entre la política nacional minera, la política social y la ambiental, pues en el Concejo hay quienes afirman que de no darle vía libre a la minería el gobierno central destinaría pocos recursos al Tolima y a Ibagué en particular para temas de posconflicto o proyectos sociales.

Tal es la preocupación del Estado ante la votación del lunes que a la plenaria del Concejo de Ibagué han ido la viceministra de minas, María Isabel Ulloa, el procurador Ambiental y Agrario del Tolima, Ernesto Cardoso, un directivo de la Asociación Nacional de Empresarios (Andi) y hasta un expresidente de la Corte Constitucional a explicar por qué es importante que la consulta no sea aprobada.

Y es que el asunto no es de poca monta ya que es el primer intento de hacer un proceso de consulta popular en la capital de un departamento. De ser exitoso, podría dar pie a procesos similares en otras regiones. Sin embargo, cabe aclarar que tal como está propuesta la consulta lo que busca es excluir la minería contaminante, no todo tipo de minería.

Semana Sostenible supo, gracias a una fuente que prefiere mantenerse anónima, que a la fecha la decisión estaría en un “empate técnico” ya que de los 19 concejales ocho están a favor de la consulta y ocho en contra lo que deja en manos de los tres restantes decidir el desenlace de esta pelea que marcará la historia de la participación ciudadana en proyectos mineros en el país.

Mano a mano jurídico

Detrás de la revolución que se ha gestado en Ibagué hay una lucha jurídica. Todos los oficios de la Procuraduría tienen unas bases que los abogados del centro de pensamiento Dejusticia, Diana Rodríguez y César Rodríguez, han analizado con cuidado.

El punto central de los documentos del ente rector es el artículo 37 de la ley 685 de 2001. Esta ley permitió la expedición del Código de Minas y ese artículo en particular dice que "ninguna autoridad regional, seccional 0 local podrá establecer zonas del territorio que queden permanente 0 transitoriamente excluidas de la minería...". A esto la Procuraduría agregó la sentencia C-12 de 2014 según la cual la Corte Constitucional hizo exequible el artículo 37. Esto quiere decir que con esa sentencia la corte permitió que el artículo se ejecutara.

Este, sin embargo, no es el punto final de la discusión. Los abogados de Dejusticia, han explicado que la sentencia C-123 está condicionada. Esto significa que la misma Corte decidió que el artículo 37 solo podría hacerse efectivo si se aseguraba "la participación activa y eficaz de las entidades municipales y distritales". Esto implica que, aunque el artículo 37 no trate sobre consultas populares o mecanismos de participación en la definición de los usos del suelo, exige esa “participación activa y eficaz".

Lo que esto deja sobre la mesa es que una consulta popular podría ser una de esas maneras "activas y eficaces" de garantizar la participación.

La consulta, además, estaría basada en el artículo 33 de la Ley 136 de 1994 que no trata sobre el establecimiento de zonas excluibles de la minería, sino sobre sentar posiciones sobre cambios en los usos del suelo y consultas populares: “Cuando el desarrollo de proyectos de naturaleza turística, minera o de otro tipo, amenace con crear un cambio significativo en el uso del suelo, que dé lugar a una transformación en las actividades tradicionales de un municipio, se deberá realizar una consulta popular de conformidad con la Ley. La responsabilidad de estas consultas estará a cargo del respectivo municipio”.

Frente a esto el procurador ambiental, Ernesto Cardoso, afirmó el 22 de febrero en respuesta a una solicitud del Concejo, que el artículo está derogado tácitamente por el artículo 37 del Código de Minas. Sin embargo, como cada artículo habla sobre temas diferentes y no excluyentes no son incompatibles. Esto hace que el artículo 37 no derogue al 33 por una razón sencilla: en el Código Civil está claramente explicado en el artículo 71 que “[La derogatoria] es tácita cuando contiene disposiciones que no pueden conciliarse con las de la ley anterior”.

Lo que esto muestra es que el tema de participación cuando se proponen proyectos mineros es controvertido y tiene puntos sin resolver en el campo jurídico. Por ahora, la consigna del alcalde de Ibagué sigue viva y resuena como una voz de cambio que ha encontrado eco en el país: "persistiré en defender el territorio. El día de mañana no podemos dejarle a nuestros hijos y nietos una calamidad económica, ambiental y social que nos lleve a vivir, en pocas palabras, una realidad como la de la Guajira”.