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Explotación minera de Cerro Matoso produce daños a la salud y al ambiente

La Corte Constitucional emitió un fallo en el que afirma que la operación de esa empresa ha causado una "grave situación de vulneración de derechos fundamentales en la zona". Por eso le ordena realizar una Consulta Previa y solicitar una nueva licencia ambiental. En desarrollo.

16 de marzo de 2018

La explotación de ferroníquel en Cerro Matoso está causando graves impactos a la salud y al medio ambiente. Esa es la conclusión a la que llegó la Corte Constitucional luego de fallar una acción de tutela instaurada por varios ciudadanos contra esta empresa minera que opera en el departamento de Córdoba desde 1982.

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Según los tutelantes, la extracción mineral ha generado la aparición de distintas clases de enfermedades de tipo respiratorio, cardiovascular y dermatológico, entre otras. El alto tribunal validó los diagnósticos médicos de múltiples habitantes de la zona, quienes presentan lesiones cutáneas de gravedad, enfermedades irritativas de las vías respiratorias, cáncer de pulmón, afectaciones cardiacas, niveles altos de níquel en la sangre y orina, entre otros.

Y lo que ha sufrido la gente que vive en sectores cercanos ha sido un martirio duradero desde hace varios años. En el 2014, el abogado Abelardo de la Espriella interpuso una denuncia contra la empresa Cerro Matoso S.A. ya que las comunidades aledañas a la mina recurrieron a los servicios de su firma por todos los perjuicios que venían aguantando. Enfermedades respiratorias y cutáneas, bebés llegando al mundo con deformaciones, mujeres que sufrían abortos espontáneos y personas con cáncer, todo sumado a la contaminación y al detrimento de los recursos naturales.

Cuatro años después, la Corte Constitucional se pronunció al respecto. En su análisis del caso, la Corte observó la recurrente emisión de nubes de escoria y material particulado que afecta a las comunidades aledañas al proyecto. También se encontraron concentraciones excesivas de distintos componentes químicos en la atmósfera y en las fuentes hídricas de la región. Para la Corte es evidente la "contaminación de varios ríos y cuerpos de agua aledaños a la mina e, inclusive, se comprobó la sedimentación de uno de los afluentes, causada por la construcción de un canal perimetral al complejo minero".

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Por estos motivos, ordenó al Ministerio del Interior que en conjunto con Cerromatoso realice una consulta previa con todas las comunidades "a efectos de fijar medidas de prevención, mitigación y compensación ambiental" respecto a los impactos que genera la extracción mineral en la zona. La corte fijó un plazo de un año para cumplir este trámite, luego del cual la empresa tendrá que tramitar una nueva licencia ambiental "que se acoja a los estándares constitucionales vigentes".

El alto tribunal también le exigió a Cerromatoso que brinde atención integral y permanente a aquellas personas que padecen enfermedades derivadas de su operación y que constituya un Fondo Especial de Etnodesarrollo para "reparar a las víctimas desde una perspectiva colectiva y étnica". De no cumplir estos requerimientos en los tiempos previstos, la empresa se enfrenta a la suspensión de sus actividades extractivas.

En la sentencia, firmada por el magistrado Alberto Rojas Ríos, también se le hace un llamado de atención a los Ministerios de Ambiente, así como a la Agencia Nacional de Licencias Ambientales. A juicio de Rojas, la licencia ambiental con la que opera actualmente Cerro Matoso no se ajusta a los estándares constitucionales de protección al medio ambiente. Además, afirma que existen varias irregularidades en la aplicación de los instrumentos ambientales que rigen las actividades de la empresa y cuestiona la inexistencia de valores límites de concentración claros y suficientes para las sustancias químicas utilizadas por el complejo minero.

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Por ende, le ordena al Ministerio de Ambiente que realice los ajustes normativos necesarios para adecuar la legislación a los estándares de la Organización Mundial de la Salud. La Anla, por su parte, tendrá que ejercer controles más estrictos y efectivos a las operaciones de Cerro Matoso. Por último, la Contraloría y la Procuraduría serán las encargadas de verificar el cumplimiento de las órdenes de la Corte mediante el establecimiento de una "relatoría especial de seguimiento".