ANÁLISIS

Pequeña minería: ¿piedra angular del conflicto ambiental en Santurbán?

La delimitación es vista en la región como una medida arbitraria impuesta desde las ciudades que reclaman el agua del páramo, desconociendo la realidad de los mineros tradicionales de Suratá, Vetas y California.

Observatorio de Conflictos Ambientales
20 de marzo de 2018

Para el Estado ha sido costoso, en términos ecológicos, sociales y políticos no reconocer ni apoyar a la pequeña minería. Se trata de una actividad que en muchos casos es el medio de sustento de comunidades vulnerables, aferradas a una tradición de siglos en territorios marginados, que a menudo conviven con un conflicto armado y una institucionalidad ausente en materia de salvaguarda de derechos fundamentales, pero presente al momento de incluir “El Dorado” en sus cuentas.

Sin lugar a dudas, el contexto de conflicto armado interno ha dado pie para que la pequeña minería se vaya asociando progresivamente con la minería criminal y depredadora, lo cual se ve reforzado por discursos reduccionistas de directivos y gobernantes que limitan las posibilidades de la actividad a sólo dos modalidades: gran minería (bien hecha) o minería ilegal.

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No obstante, de acuerdo con un estudio de la Universidad del Rosario y la Defensoría del Pueblo publicado en 2012, la pequeña minería es generalmente de subsistencia, la cual comprende desde la artesanal, tradicional, informal hasta la ilegal. Según el Censo Minero de 2010 - 2011, el 72 por ciento de las minas del país correspondían a pequeña minería (de cinco o menos trabajadores), de las cuales el 66 por ciento era ilegal, y en total empleaban a cerca de 74.000 mineros, mientras que las grandes (de 100 o más trabajadores), sólo empleaban el 0.7 por ciento de los mineros.

Pese a la pluralidad de modalidades de explotación que convergen en el sector, el Código de Minas de 2001 eliminó la estratificación de la actividad, desconociendo así los distintos tipos de minería de acuerdo al tamaño de su producción. Desde entonces, los gobiernos han insistido infructuosamente en programas de formalización que exigen elevados costos (títulos e instrumentos ambientales) que los pequeños mineros perciben, a menudo, como un intento de sacarlos del territorio.

La región minera de Santurbán no ha sido la excepción. Allí la pequeña minería está desapareciendo, conforme avanza la agenda del Gobierno Nacional a favor de las grandes explotaciones, pese a “años de trabajo, millones de pesos de impuestos y cooperación [que] se han invertido en apoyar la legalización y operación de las pequeñas empresas de los habitantes de Vetas y California”, tal y como señaló la directora del Instituto Humboldt (IAvH), Brigitte Baptiste, a la Revista Semana a finales del año pasado.

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Como una bondad de la gran minería se exhibe su capacidad de inversión en el territorio. Por ejemplo, Minesa, empresa relacionada con el grupo empresarial de Emiratos Mubadala Development Co., en el marco de su proyecto Soto Norte de minería a gran escala en la vecindad de Santurbán, afirmó que en el 2016 destinó más de $5.000 millones de pesos para atender pasivos ambientales, promover la educación, el deporte y la microempresa, construir redes de servicios públicos y mejorar carreteras.

En 2017 Minesa buscó financiar proyectos de algunos alcaldes de la provincia Soto Norte y de la Corporación Autónoma Regional para la Meseta de Bucaramanga (CDMB), que debe vigilarla y ha conceptuado sobre la delimitación del páramo. En un contexto de debilidad institucional, ¿hasta dónde es adecuado permitir esta actuación por parte de las grandes empresas?

Repasando los hechos (click en la imagen presionando tecla “control” para ver línea de tiempo)

La zona de transición bosque-páramo y las áreas de restauración

Con la Sentencia T361 de 2017, la Corte Constitucional dictaminó que el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible no podrá reducir el área de protección del páramo establecida en la Resolución 2090 de 2014, pero podrá modificar la demarcación teniendo en cuenta “de manera prioritaria (…) que los límites del páramo deben incluir la Zona de Transición del Bosque alto andino con el Páramo (ZTBP)”. La protección de dicha franja contribuirá a la funcionalidad ecosistémica, que garantiza, por ejemplo, la regulación y oferta hídrica.

Cabe anotar que la franja de ZTBP alcanza en algunos sectores de California los 2850 metros, solapándose parcialmente con el Área de Influencia Directa (AID) del proyecto Soto Norte que pretende desarrollar Minesa, lo cual debería ser tenido en cuenta por las autoridades ambientales, en particular por la Anla (ver Mapa 1). Pese a ello, y sin esperar la nueva delimitación, la Anla ha dado continuidad al trámite de licenciamiento ambiental como se observa con la solicitud de información adicional del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) que hiciera a Minesa el pasado diciembre.

Mapa 1. Proyecto Soto Norte y zona de transición del bosque alto andino - páramo (ZTBP). Elaboración del OCA a partir de EIA Soto Norte (2017), Res. 2090 de 2014 (MADS) y Google Earth.

Otro aspecto controversial frente a la delimitación del páramo realizada por el IAvH, ha sido la desprotección de más de 37.000 hectáreas, sin que el Ministerio haya presentado justificación alguna para dicha determinación. Si bien la Corte aclara que esa entidad está facultada “para apartarse del concepto emitido por parte del IAvH”, también advierte que su decisión debe ser justificada y “debe tender a proveer mayor protección al ecosistema”. En su mayoría, el área faltante coincide con áreas de restauración en las que, según el Ministerio, puede autorizarse y adelantarse actividades mineras en los municipios de Vetas, California y Suratá.

El silencio del Ministerio se hace más elocuente al constatar que los títulos de Eco Oro y MINESA incluyen buena parte de esas áreas excluidas, como sucede con el proyecto Angosturas que abarca zonas de páramo y de franja ZTBP, y al que Eco Oro no ha renunciado (ver Mapa 2).

Mapa 2. Proyectos de Eco Oro y títulos mineros en California. Elaboración del OCA a partir de EIA Soto Norte 2017, Resolución 2090 de 2014 (MADS), Aportes para la delimitación del páramo, Anexo 4 (IAvH 2014), Eco Oro Corporate Presentation (OCT-2015) y Agencia Nacional de Minería - ANM (2017).

Los impactos ecosistémicos del proyecto Soto Norte

Como es sabido, los páramos se caracterizan por su gran capacidad de captar, regular y distribuir el agua en la alta montaña, por lo que entes de control como la Contraloría General han advertido –desde 2011– sobre los riesgos de la minería en estos ecosistemas. En el caso de Santurbán, la minería subterránea a gran escala propuesta en proyectos como Soto Norte, se encontraría en un medio de rocas cristalinas intensamente fracturadas y deformadas por las fallas geológicas que se encuentran en la región. Estas fisuras y grietas crean una compleja red por donde fluye el agua subterránea, cuyas características y dinámica son muy difíciles de determinar, por lo que la incertidumbre de los modelos hidrogeológicos que presentan los Estudios de Impacto Ambiental para estimar impactos y riesgos es muy alta y no son completamente confiables.

Ejemplo de lo anterior ocurrió en mayo de 2009, cuando lodos de perforación de la empresa Greystar alcanzaron la quebrada Móngora (Sector La Argelia, Vetas) atribuido, según la defensa de la empresa, “a una falla geológica, consistente en una grieta de formación natural en el subsuelo de la roca” y no por su acción u omisión. Esto, a su vez, produjo que el lodo tomara “cauce imprevisto, imposible de prever e irresistible”, generando una afectación sobre la quebrada “por causa de la naturaleza” (Resolución CDMB 1672 de 2011). Adicionalmente, entre los argumentos de la defensa para desestimar el cargo por contaminación hídrica, esta alegó que “[al] momento de la diligencia, representantes de la CDMB y las demás autoridades indicadas, [no disponían] de instrumentos y técnicas idóneas para alcanzar soporte probatorio suficiente”. Naturalmente, La empresa fue exonerada de toda responsabilidad, omitiendo las implicaciones de haber taladrado a 75 metros de profundidad sobre una zona inestable, cerca de una fuente hídrica abastecedora.

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Frente a lo anterior debe señalarse que, desde el momento en que se excava un túnel comienza a manar agua que hay que bombear, pues al generar un espacio libre haciendo un socavón, la diferencia de presión con respecto al macizo rocoso, facilita la entrada del agua en él. Si las condiciones son propicias, el agua puede incluso abandonar el macizo rocoso por la boca del túnel y modificar permanentemente la dinámica del agua subterránea. La complejidad de este medio y la naturaleza de la minería puede ocasionar también que estas aguas sean interceptadas por error, como ocurrió en el incidente del túnel exploratorio El Gigante (que ahora hace parte del proyecto Soto Norte), donde un flujo de agua aparentemente importante ha debido ser canalizado hacia la quebrada La Baja.

En el AID del proyecto en cuestión se establecieron niveles freáticos a profundidades de 50 metros en promedio, lo cual llama la atención sobre el vasto sistema de túneles y socavones que proyecta alcanzar profundidades de hasta 780 metros, requiriendo un abatimiento del nivel freático y la subsecuente desaparición de manantiales y acuíferos en la vecindad del cono de depresión que se genere. A una escala espacial y temporal mayor, se afectarían los ciclos hidrológicos e hidrogeológicos de la cuenca alta del río Suratá, ya que las aguas subterráneas podrían estar estrechamente vinculadas con las aguas superficiales.

Con el desarrollo de la explotación subterránea, Minesa extraería cerca de 68 millones de toneladas (Mt) de roca de las entrañas de la montaña (para darse una idea de las dimensiones de la intervención, Bogotá depositó en el basurero de Doña Juana 2,25 Mt de basura durante el año 2016), generando varios impactos a perpetuidad: geomorfológicos (relaves húmedos y secos, botaderos, tajo, presas de tratamiento de aguas) y geoquímicos (generación de drenajes ácidos y liberación de metales pesados). De este modo, el acuífero no sólo podría ser parcialmente drenado, sino removido y contaminado en cerca de 25 años.

¿La historia se repite?

Las posibles trayectorias del conflicto minero en Santurbán pueden anticiparse a la luz del proceso que se vive en Marmato. En este municipio caldense, la empresa Gran Colombia Gold ha concentrado títulos desde el 2007 en la parte alta del cerro El Burro, una zona donde tradicionalmente los pequeños mineros han derivado su sustento. En la Sentencia SU133/17, la Corte Constitucional reconoce los derechos de la pequeña minería en la zona disputada y advierte que un escenario participativo adecuado en su momento “habría permitido anticipar las consecuencias que la concentración de la propiedad minera en manos de una sola compañía significó para los habitantes y los mineros tradicionales de Marmato”.

La lección para el caso de Santurbán es, precisamente, la necesidad de un escenario participativo donde se discuta con los habitantes y mineros tradicionales de Suratá, Vetas y California cómo el modelo de desarrollo minero que el Estado viene implementando en la región ha afectado sus modos de vida y de producción, mientras que se ha venido privilegiando y ofreciendo garantías a las pocas compañías que concentran los títulos, tal y como lo muestra la Sentencia T316/17 de la Corte Constitucional.

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Si bien la delimitación es vista en la región como una medida arbitraria impuesta desde las ciudades que reclaman el agua del páramo, desconociendo la realidad de las comunidades rurales que conviven con estos ecosistemas, es también una oportunidad para tender un puente entre la ciudad y el campo en torno a la defensa del territorio. Lejos de ser una discusión meramente técnica para establecer dónde termina el páramo, el conflicto en Santurbán es una lucha social, política y jurídica.

En un escenario de ordenamiento territorial orientado al bien público y bajo la tutela de un Estado eficiente, la delimitación de Santurbán habría podido considerar la exclusión temporal de algunas áreas de páramo para proteger los medios de subsistencia de las comunidades vulnerables, mientras se implementan las medidas de sustitución y reconversión anunciadas. Será una decisión compleja y el tiempo parece demasiado corto, pues la franja ZTBP que debe ser protegida es a su vez el lugar donde la minería tiene sus intereses. Y las comunidades, que ahora viven en un territorio prestado, están atadas de manos.