La minería ilegal es una de los principales motores de deforestación en la Amazonia de Colombia. Foto: Mongabay Latam - Colombia hoy. | Foto: MONGABAY

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Procuraduría intercede por pueblos indígenas para frenar minería en la Amazonia

El procurador Fernando Carrillo presentó ante la Corte Constitucional una solicitud de insistencia para que seleccione la tutela interpuesta por las comunidades indígenas en la que solicitan la adopción de medidas de control urgentes para frenar la minería ilegal.

22 de diciembre de 2020

Ante la Corte Constitucional el procurador General de la Nación, Fernando Carrillo Flórez, presentó solicitud de insistencia para que seleccione la tutela interpuesta por los pueblos indígenas por el incumplimiento de las órdenes para frenar la minería ilegal en la Amazonia colombiana y proteger sus derechos a la vida, salud, agua, territorio, integridad étnica y cultural, ambiente sano y soberanía alimentaria.

Para el jefe del Ministerio Público “urge proteger los derechos fundamentales de los pueblos indígenas del macroterritorio de la gente de afinidad de Yuruparí, en particular su derecho a la vida, tanto en su componente físico como cultural y espiritual”. 

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Recalcó, además, en que la falta de un actuar integral del Estado, así como en los altos niveles de contaminación por mercurio que - según él - ponen en riesgo la vida y supervivencia de los pueblos indígenas amazónicos

Carrillo sostuvo que la crisis sanitaria generada por la covid-19 aumenta el nivel de riesgo que corren los pueblos indígenas frente a la minería ilegal, lo que incrementa el nivel de urgencia del caso, e insistió sobre los altos niveles de mercurio que superan hasta 30 veces los niveles seguros para la salud humana.


Según la Procuraduría, la minería ilegal representa un grave riesgo para la supervivencia de los pueblos indígenas por el alto uso de mercurio que utiliza para extraer los metales preciosos. Foto: Daniel Reina / Semana. 

"Esta situación pone en grave riesgo la supervivencia física, cultural y espiritual de los pueblos accionantes, pues los niveles elevados de mercurio tienen efectos adversos severos: producen malformaciones en del feto, afectan directamente la capacidad de aprendizaje de los niños y afectan gravemente el sistema nervioso central, entre otros”, afirmó el Procurador. 

El funcionario recordó que la acción de tutela es, por regla general, el medio judicial adecuado y preferente para la defensa de los derechos de los pueblos indígenas y recalcó en que este caso constituye una oportunidad para que la Corte Constitucional reafirme la observancia de un enfoque diferencial en la administración de justicia a favor de las comunidades étnicas.

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La Procuraduría recordó que tras un fallo de 2007, el Juzgado Único Administrativo del Circuito de Leticia ordenó a los departamentos de Amazonas y Guainía adoptar las medidas de control necesarias para frenar la minería ilegal en la región amazónica, "sin embargo, las actividades continúan afectando de manera aguda y desproporcionada la salud de los accionantes y del macroterritorio de la gente de afinidad de Yuruparí", señaló el ente de control. 

Para el órgano de control, las alertas que durante más de 20 años los pueblos indígenas han elevado a autoridades y entes de control a través de informes y reportes “han dado lugar a respuestas militares y policivas, llevadas a cabo de manera esporádica y sin articulación ni voluntad de actuar efectivamente. Esta deficiencia institucional ha generado la agudización y expansión de las actividades de minería ilegal sobre los ríos y caños amazónicos”, explicó. 

El Ministerio Público considera, en ese sentido, que dada la falta de respuesta integral y efectiva por parte del Estado, los accionantes presentaron acción de tutela que busca que sean protegidos sus derechos fundamentales, en especial, por su calidad de sujetos de especial protección constitucional.