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La ciudadanía ha salido en varias oportunidades a las calles a mostrar su inconformismo por el posible desarrollo de fracking en Colombia. Foto: archivo / Semana. | Foto: Mauricio Ochoa

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¿Por qué la Procuraduría le dijo no al fracking en Colombia?

El órgano de control le solicitó al Consejo de Estado declarar nulo el marco normativo que permite el desarrollo de esta técnica de explotación de hidrocarburos en yacimientos no convencionales. Asegura que va en contravía de lo expuesto en la Constitución.

3 de noviembre de 2020

Un nuevo rechazo a la práctica del fracking en Colombia entró a ejercer presión al Gobierno nacional. La Procuraduría General de la Nación se unió a las voces que desde hace varios años se vienen oponiendo al desarrollo de esta técnica de explotación de hidrocarburos (gas y petróleo) en yacimientos no convencionales. 

El Ministerio Público fue tajante al solicitar que se declare nulo el marco normativo que permitía la realización de fracking en el país (Decreto 3004 de 2013 y la Resolución 90341 de 2014), al considerar que no eran compatibles con los principios de precaución y desarrollo sostenible previstos en la Constitución Polítíca.  

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"Teniendo abundante evidencia científica e información con múltiples aristas de los riesgos y daños irreversibles al recurso hídrico y, en general, al medioambiente que pueda verse comprometido con la práctica de la exploración y explotación de yacimientos no convencionales, es claro que las normas demandadas permiten desarrollar una actividad que puede traer graves e irreversibles consecuencias para la salud del ser humano y que causa daño a las aguas subterráneas y superficiales y, por consiguiente, los ecosistemas que dependan de éstas, razón por la cual la práctica que pretende implementarse no es compatible con el principio de desarrollo sostenible previsto en la Constitución Política”, expresó la Procuraduría a través de un comunicado de prensa. 

El órgano de control le solicitó al Consejo de Estado, durante la rendición de concepto ante la Sección Tercera de esa entidad, aplicar el principio de precaución teniendo en cuenta que existe peligro de daño al medioambiente, en especial por la contaminación de aguas subterráneas y superficiales, el aumento de la actividad sísmica en los lugares donde se desarrolla la práctica y un potencial daño a la salud del ser humano.

De acuerdo con el Ministerio Público, los daños serían irreversibles, teniendo en cuenta que Colombia no cuenta con una línea base confiable de información ambiental e hidrológica, ni capacidad de monitoreo y control para ello, ni acceso a la información ambiental, geológica, geofísica, geoquímica y sísmica.

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En el caso de contaminación hídrica, la Procuraduría sostuvo que esta repercutiría en daños irreversibles a los ecosistemas, fauna y flora del país, sin descartar el potencial daño a la salud del ser humano, no solo de quienes laboran y se exponen a las sustancias que hacen parte del proceso de fracturación, sino de quienes habitan en sus alrededores.


En los municipios donde se realizarían los proyectos pilotos de investigación de fracking, un amplio sector de la comunidad se opone a la realización de esta técnica en sus territorios y así lo han manifestado en varias protestas. Foto: Mauricio Ochoa / Semana. 

Para la Procuraduría debe aplicarse el principio de precaución, pues ha de priorizarse la protección al medioambiente, en especial, el recurso hidrográfico que se compromete con este tipo de práctica, y que puede verse afectado de manera grave e irreversible, dañando así ecosistemas, afectando la flora y la fauna colindante, así como también genera un potencial daño a la salud del ser humano.

"En la medida en que con la expedición de las normas objeto de este medio de control se ignoraron estos trascendentales principios, se considera que deben declararse nulas, por infringir las normas en las que han debido fundarse”, resaltó. 

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El ente de control precisó que el Decreto 3004 de 2013 y la Resolución 90341 de 2014 son contrarios a lo dispuesto en los artículos 79 y 80 de la Constitución, y al artículo 1o de la Ley 99 de 1993, que incorporan los principios de precaución y de desarrollo sostenible en el manejo de las decisiones que puedan afectar el medio ambiente.

De esta manera, la Procuraduría se une a la Contraloría que en varias oportunidades había advertido sobre la inconveniencia de promover le fracking en el país, entre otras cosas, por la debilidad institucional para ejercer control y vigilancia, así como por la falta de estudios técnicos y científicos locales. 

Aplauden la medida

Varias organizaciones, ambientalistas y académicos que se oponen al establecimiento de esta técnica en el país, celebraron la posición de la Procuraduría al considerar que se ajusta a realidad del país. 

Desde la Alianza Colombia Libre de Fracking indicaron, por ejemplo, se unieron a la petición hecha por ese organismo de declarar la nulidad de las normas que permiten esa práctica en Colombia

Juana Hofman, abogada de la Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (Aida), indicó, a su turno, que el principio de precacución debe ser tenido en cuenta en este caso. 

Entre tanto, el Gobierno avanza en los procesos que le permitan la realización de los proyectos pilotos de fracking. Para este martes la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) recibirá la propuesta de las empresas habilitadas para la ejecución de dichos piloto, es decir, Ecopetrol, ExxonMobil y la minera Drummond.