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Los venados de cola blanca hacen parte del grupo de animales que en la actualidad cuentan con garantías judiciales en el país. Foto: cortesía Corpochivor | Foto: Corpochivor

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¿Recursos jurídicos de los humanos también para los animales?

Colombia se debate entre otorgarles derechos jurídicos o no a los animales. La Corte Constitucional tiene la última palabra sobre este tema, sin embargo, algunos juristas aseguran que desde hace varios años las leyes les concedieron esas garantías.

30 de julio de 2019

El debate sobre si a los animales se les deben o no reconocer derechos que, hasta ahora han sido exclusivos de los humanos, no es nuevo en Colombia y comenzó hace varios años

La Ley 1774 de enero de 2016, que modificó el Código Civil, la Ley 84 de 1989 y el Código de Procedimiento Penal, abrió el camino para que hoy cualquier especie animal que se encuentre al interior del territorio colombiano pueda llegar a ser amparada como sujeto de derechos.   

Esa norma determinó que los animales son seres sintientes y no cosas, al igual estableció que recibirían especial protección contra el sufrimiento y el dolor, en especial, el causado directa o indirectamente por los humanos. Además tipificó como punibles algunas conductas relacionadas con el maltrato a los animales y estableció los procedimientos sancionatorios de carácter policivo y judicial por aplicar. 

Adicionalmente, implementó tres principios, que para muchos juristas no son otra cosa más que derechos. Se trata de protección al animal, a partir del respeto, la solidaridad, la compasión, la ética, la justicia, el cuidado, la prevención del sufrimiento, la erradicación del cautiverio y el abandono, así como de cualquier forma de abuso, maltrato, violencia y trato cruel. 

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También fijó el de bienestar animal, que exige al tenedor o responsable del ejemplar asegurar como mínimo que no sufra hambre ni sed, malestar físico ni dolor injustificado, al igual que de enfermedades provocadas por negligencia o descuido. El artículo tres de esta norma exige, además, que no sean sometidos a condiciones de miedo ni estrés, o que en su contra se ejecuten acciones que puedan modificar su comportamiento natural. 

El tercer principio que contempla esta ley es el de solidaridad social y estipula que el Estado, la sociedad y sus integrantes tienen la obligación de asistir y proteger a los animales con acciones diligentes ante situaciones que pongan en peligro su vida, su salud o su integridad física. 

A esta normatividad hay que sumarle otras leyes que han penalizado el maltrato animal, así como otras sentencias proferidas por la Corte Constitucional como la C-041/17. De hecho, fue la Sala Civil de esta última institución la que habló del reconocimiento de los derechos de los animales, afirmando que no solo son seres sintientes, sino que además "son sujetos de derechos, legitimados para exigir, por conducto de cualquier ciudadano, la protección de su integridad física, cuidado, mantenimiento o reinserción a su hábitat natural". 

Así las cosas, el caso de ‘Chucho‘, el oso de anteojos que vive en el zoológico de Barranquilla y por el que se reabrió nuevamente este debate en el país, es solo un eslabón de este largo proceso que inició, de hecho, en 1989 con la expedición de la Ley 84, por medio de la cual se adoptó el Estatuto Nacional de Protección de Animales. Sin embargo, ahora la última palabra de este embrollo judicial parece estar en manos la Corte, que determinará si los animales tienen derechos y por esta razón pueden usar recursos jurídicos como el hábeas corpus y las tutelas. 

‘Chucho‘, el oso de anteojos por el que se revivió el debate sobre si los animales deben ser declarados o no como sujetos de derechos, vive en el zollógico de Barranquilla, pese a que su hábitat natural es el bosque alto andino. Foto: archivo/Semana.

"La ley 1774 cambió el régimen jurídico de los animales en el país, pues dejaron de ser vistos como cosas y se les otorgaron libertades, que para mí son derechos. Lo que ocurre es que nosotros culturalmente somos muy apegados a las leyes y lo que éstas no digan, pareciera que no existieran", manifestó Luis Domingo Gómez, abogado proteccionista de los derechos de los animales y representante legal de ‘Chucho‘. 

El abogado aseguró que su pretensión no era otorgar a los animales los mismos derechos de las personas, pero sí un trato diferencial y especial de acuerdo a su condición y especie. "Deben ser protegidos por un mandato ético-social de respeto. Deben ser tratados con consideración y no por un tema de moda, sino de necesidad", apuntó el jurista, quien agregó que antes solo se podían defender a los animales por medio de acciones populares.  

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Gómez destacó el hecho de que la Corte Constitucional viniera intentando desarrollar una jurisprudencia especial respecto a los animales. "No es más que una asignación de reglas y derechos para estos seres. El problema desde el punto de vista procesal, es que hoy no existe un medio idóneo, jurídicamente hablando, para defender en ciertos escenarios a los animales, entonces los abogados no podemos sentarnos a esperar a que el legislador los desarrolle, porque el tema de voluntad política es muy bajo. Tenemos que echar mano de lo que hay y si para defender la libertad de un animal debo valerme del hábeas corpus, que es un mecanismo ideado para los humanos, pues no lo dudo", expresó. 

Animales como los perros serían amaprados por la ley. Foto: Pixabay. 

Voces en contra y a favor han surgido por el uso de acciones constitucionales referentes a derechos fundamentales para permitir la protección de los animales. Ante la polémica desatada, la Corte realizará el próximo 8 de agosto una audiencia pública para evaluar el tema y escuchar distintas opiniones no solo frente a la situación del oso andino en Colombia, sino también para valorar y analizar cómo está la protección de los derechos de los animales, los mecanismos existentes, los atributos que debería tener un individuo como titular de derechos y si los animales son sujetos de uno o varios derechos. De ser así, también tendrá que determinar las ventajas y desafíos que implica proteger por medio de acciones constitucionales como la tutela y el hábeas corpus a los animales. 

Así las cosas, el futuro de ‘Chucho‘ no solo se definirá en esta audiencia, sino también el reconocimiento de los derechos de los animales. 

"El escenario ideal sería que la Corte Constitucional reconociera que efectivamente el hábeas corpus se pude utilizar para lograr la libertad de los animales cuando han sido privados de su libertad, tras haber sido extraídos de su medio natural, ya que si se hace a través de una acción popular se demora tres o cuatro años, tiempo en el cual el animal ya pudo haber muerto o generado dependencia de los humanos. Eso no tiene sentido", recalcó. 

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El jurista espera, además, que los mecanismos que hoy solo son para los humanos se puedan usar para los animales, hasta tanto el legislador no regule unos propios para defender sus derechos. "Una de las propuestas del legislador es erradicar el cautiverio, lo que significa que la Corte mandaría un mensaje claro, especialmente para los zoológicos y tenedores de animales silvestres, pues el encierro solo podría darse si está justificado científicamente para fines de preservación de la especie", afirmó.  

El abogado resaltó que en el nuevo Plan Nacional de Desarrollo existe un aparte que obliga al Ministerio de Ambiente a liderar la tarea de formular un Conpes de bienestar animal, que cobija tanto a especies domésticas como silvestres.