Los residuos hospitalarios deben ser dispuestos y tratados de manera especial. Foto: Pixabay.

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Adoptan medidas ante posible aumento de residuos hospitalarios por coronavirus

El Ministerio de Ambiente le dio vía libre a las autoridades regionales del tema para modificar las licencias de las empresas de recolección de residuos peligrosos a fin de que también puedan hacerse cargo de los desechos biológicos e infecciosos. La idea es prevenir una emergencia ambiental.

25 de marzo de 2020

El coronavirus tiende a disparar la demanda de servicios de salud en todo el país y por ende el número de residuos hospitalarios como jeringas, tapabocas, guantes de latex, gasas, entre otros.  

Este tipo de desechos biológicos e infecciosos requiren de un manejo especializado, tanto para su recolección como para su disposición final. En Colombia, en la actualidad, solo 26 empresas cuentan con licencias para adelantar ese procedimiento, que de no desarrollarse adecuadamente podría generar graves problemas de contaminación.  

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Previendo esta situación y con la idea de evitar emergencias sanitarias y de salud pública, el Ministerio de Ambiente ordenó modificar la licencia ambiental de las empresas que vienen gestionando residuos peligrosos con el fin de que puedan apoyar la recolección, el tratamiento y la disposición final de los residuos que se generan en los hospitales.

"Estamos facilitando, en caso de que los gestores de residuos biológicos e infecciosos vean que se están acercando a su máxima capacidad, que las autoridades ambientales puedan habilitar a los gestores de otro tipo de residuos peligrosos y que cumplan las condiciones de adecuado manejo, para que poyen el manejo y disposición final de los residuos hospitalarios", informó María Claudia García, viceministra de Políticas y Normalización Ambiental del Ministerio de Ambiente. 


En Colombia solo existen 26 empresas autorizadas para trasladar y disponer residuos biológicos e infecciosos. Foto: Pixabay. 

A través del decreto 465 de 2020, que modificó de manera transitoria el decreto 1076 de 2015 se adoptó esta y otra serie de medidas para garantizar la prestación del servicio público de agua y vertimientos durante la emergencia sanitaria declarada por el Gobierno nacional frente al covid-19.

“Hemos dispuesto como sector ambiental medidas para afrontar esta pandemia, que permitirán que entidades prestadoras del servicio público de acueducto y alcantarillado cuenten con el recurso hídrico necesario para satisfacer la demanda de los colombianos frente al lavado de manos, ropa, limpieza doméstica y desinfección de espacios comunales, dijo la viceministra. 

Concesiones de agua

Con esta nueva nueva normativa se prioriza, por ejemplo, el trámite de solicitudes de concesión de aguas superficiales y subterráneas para garantizar el suministro de agua potable en distritos, municipios y a personas prestadoras del servicio de acueducto. "De esta manera, se permite tramitar de manera expedita la autorización con el objetivo de reducir los tiempos a una tercera parte y poder abarcar estas solicitudes eficientemente. Además, las concesiones próximas a vencer serán prorrogadas de forma automática por el tiempo que dure la emergencia sanitaria. Si dicha licencia ya se venció se aplicará su trámite expedito", indicó el ministerio. 

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El decreto también permite adelantar actividades de prospección y exploración de aguas subterráneas sin permiso, siempre y cuando se cuente con información geoeléctrica del lugar de influencia y se tenga el aval de la autoridad ambiental. "Esto es que se abre la posibilidad de hacer exploración de agua subterránea sin necesidad de tramitar un permiso adicional, siempre que esta se haga con fines abastacer de agua potable el consumo doméstico de las poblaciones", dijo García. 


El agua de los distritos de riego podrá ser utilizada para el consumo humano, según nuevo decreto. Foto: Pixabay. 

En otras de las directrices expedidas se autoriza al uso del agua de algunos distritos de riego para que pueda ser utilizada en suplir las necesidades del consumo humano, como el lavado de manos. "El decreto permite, además, que la Agencia de Desarrollo Rural autorice a los municipios a aprovechar el agua almacenada en los distritos de riego Ranchería, Triángulo del Tolima y Tesalia-Paicol, proyectos estratégicos que cuentan con un avance importante de ejecución", aseguró esa cartera.

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“Este es un marco jurídico excepcional, transitorio y temporal, que permite en el marco de una emergencia abordar situaciones con una base jurídica distinta para afrontar el riesgo a la salud humana. De esta manera, el Sistema Nacional Ambiental está contribuyendo a superar las condiciones difíciles por las que estamos pasando”, resaltó la viceministra.